Nuevo Código Civil y Comercial: los derechos perdidos

Al igual que otros gobiernos de América Latina, el kichnerista intenta desde que asumió mostrarse como un gobierno “de izquierda” o progresista que se opone a las políticas neoliberales de Menem serviles a los mandatos del imperialismo de la que Macri y Massa serían continuidad.
Al haber asumido luego del 2001, en el marco de un proceso revolucionario muy profundo en nuestro país Kirchner tuvo que dar varias concesiones a los reclamos de los trabajadores y el pueblo, precisamente para contener y desviar dicho proceso. En la medida que se asentó con firmeza en el gobierno y que la crisis económica comenzó a golpear en nuestro país, comenzó a verse aún más su verdadera cara.
Si analizamos a fondo las medidas del gobierno, aun las que resultan simpáticas a los ojos de la mayoría, detrás de todo el “decorado” progresista, se ve un gobierno que sigue al servicio del imperialismo y las multinacionales. El Nuevo Código Civil y Comercial y el Nuevo Código Educativo son muestras de esto.
Es necesario rechazar esas dos trampas. Los trabajadores tenemos que organizarnos y luchar contra el saqueo del conocimiento y de nuestros recursos naturales y asumir la tarea de conquistar una Segunda y Definitiva Independencia para nuestro país.

El 1° de agosto entró en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial que regirá en importantes aspectos la vida de los habitantes de nuestro país. Dicho código es producto de una reforma a la legislación anterior presentada por el oficialismo y aprobada en medio de escándalos varios en octubre de 2014 ¿La oposición patronal hizo escándalo criticando el contenido tramposo del mismo? No, de ninguna manera, lo que criticaba, y por lo cual se retiró del recinto en el momento de la votación, era la forma en que había sido tratado el proyecto. Es que en las trampas que acá analizaremos, el oficialismo y la oposición, ambos patronales, tienen total acuerdo.
A partir de esta entrada en vigencia muchas fueron las notas respecto de los efectos que tendrá en nuestra vida lo que establece este nuevo código: se habló del régimen de convivencia, de la agilización del divorcio y de la adopción, de la posibilidad de poner el apellido materno en primer lugar al momento de inscribir un bebé, y demás cuestiones que podrían llegar a ser considerados avances en los derechos civiles. Pero son adornos “progresistas” que ocultan aspectos fundamentales que perjudican a la mayoría, los trabajadores y el pueblo, en beneficio de la minoría, los empresarios y políticos que gobiernan a su servicio y el de las multinacionales.

El derecho al agua

Todos sabemos que el agua es un recurso indispensable para la vida, sin embargo el agua dulce es un recurso que, en el transcurrir de las décadas puede ser agotado. Es por esto que empezó a ser considerado un recurso estratégico del que el imperialismo, tal como hace con el petróleo, se quiere apropiar. Este código ayuda al imperialismo a esa apropiación en dos sentidos: por un lado negando el derecho al agua a la mayoría de la población y, por el otro, otorgando derechos a “privados” sobre las costas.
En el primer proyecto de reforma presentado el texto incluía un artículo que planteaba el acceso al agua potable como un derecho humano, ese artículo fue eliminado de la redacción final. ¿Por qué fue eliminado este artículo fundamental? El oficialismo no ha dado explicaciones al respecto pero, conociendo el accionar, es fácil deducir que estando ese artículo era más fácil pelear para que el estado garantice el acceso al agua potable al conjunto de la población y para que deje de contaminarse el agua con los residuos industriales o, para exigir soluciones frente al fracking o la minería a cielo abierto, que utilizan y contaminan millones de litros de agua al servicio de la ganancia de las empresas y multinacionales.

El derecho a los ríos y lagos

Otro aspecto gravísimo, en continuidad con lo anterior, es que con el Nuevo Código Civil se pierde el acceso público a los ríos y lagos de toda la Argentina. Según el texto sólo los dueños de terrenos colindantes con ríos públicos podrán acceder y gozar de sus costas. Es decir que no sólo reduce de 35 a 15 metros el camino de sirga(1), sino que suprime el carácter de “calle o camino público” a esa franja de terreno.
A partir de esto, los ricos pueden simplemente quedarse con nuestros ríos y lagos, como ya viene pasando con los lagos de la Patagonia desde hace años, sin que las denuncias hagan eco. La magnitud de esta entrega territorial se puede evidenciar calculando lo que significa 35 metros a cada lado de los 29.766 km que, se estima, cubren nuestros ríos:
29.766 km x 0,035 km x 2 = 2.084 km² = 208.400 hectáreas (más de 10 veces la Ciudad de Buenos Aires).
¿Para qué tan descarada entrega? Muy simple, para favorecer el negocio inmobiliario. Como plantea el abogado ambientalista Enrique Viale “Quizá estemos ante la mayor “privatización” de tierras de la historia desde la denominada “Conquista del Desierto”. La principal beneficiada (y promotora de esta reforma) es la especulación inmobiliaria. Su principal objetivo es la proliferación de barrios cerrados y countries en el Delta bonaerense, los ríos de la Patagonia y de la Mesopotamia que serán –desde ahora– sólo de acceso de los dueños ribereños.”(2)

El derecho a la tierra y la vivienda

En consonancia con eso, el Nuevo Código Civil no contempla el concepto de función social de la propiedad, a partir de lo cual no otorga ningún derecho a quienes viven en villas o asentamientos. A la vez, al no estar contemplada la propiedad comunal de las tierras, tampoco da solución al problema de la tierra de los pueblos originarios.
Ahora bien, mientras aquellos derechos se niegan, hay algunos que sí son otorgados en relación a la vivienda: el derecho de hacer y poseer countries. “Es notable el modo en que convalida el desarrollo de los barrios cerrados, otorgando legalidad a la existencia de la calle privada como el nuevo Código desarrolla en su Título VII (De los conjuntos inmobiliarios) en los artículos 2073 al 2086, otorgando una entidad que hasta ahora estos barrios no tenían.”(3) El desarrollo de estos barrios es en desmedro de la posibilidad de los trabajadores y sectores populares de acceder a tierras para viviendas.

La libertad de opinión y el derecho a elegir el momento de la maternidad

En la campaña electoral casi todos los candidatos del oficialismo y la oposición se refirieron al problema de la violencia hacia la mujer. Luego de una movilización tan masiva como el “Ni una menos”, era inevitable referir a esa cuestión. Sin embargo, la misma hipocresía que se demostró con ese fenómeno, cuando todos los que defienden el pago de la deuda externa por sobre el presupuesto para combatir la violencia, se sacaban la foto con la consigna, se ve también en relación a la Reforma del Código Civil

Allí se mantiene el concepto del inicio de la vida desde la concepción, como lo exigen la Iglesia Católica y el Papa Francisco. Esto es profundamente antidemocrático porque impone una norma religiosa a toda la sociedad.
Además obstaculiza nuestro derecho como mujeres a elegir el momento de la maternidad. Hay una lucha en curso por el derecho al aborto legal y gratuito, para que las mujeres pobres dejen de morir por abortos clandestinos mal realizados. El Nuevo Código coloca más piedras en ese camino y también deja en forma ambigua la cuestión de la fertilización asistida.

El derecho a los derechos laborales

Este Nuevo Código Civil también avasalla importantes derechos laborales. Según plantea el CELS, organización presidida por el intelectual kirchnerista Horacio Verbitsky, “La regulación propuesta de la figura de franquicia amplía las posibilidades de tercerización laboral y precarización del contrato de trabajo porque elimina la responsabilidad en materia de las obligaciones laborales de los que otorgan una franquicia”(4). Es decir que favorece a los empresarios y desfavorece a los trabajadores.

Un botón de muestra

Esta reforma del Código es un botón de muestra del modelo kichnerista: un poco de adorno “progresista” y mucho de beneficio para las empresas. Más allá de algunos puntos que puedan resultar simpáticos, una vez más los perjudicados somos los trabajadores.

Nota relacionada:

http://nuevo.http://nuevo.pstu.com.ar/wp-content/uploads/2014/09/trotskyarchivo.jpg.com.ar/ampliacion-de-los-derechos-o-vaciamiento-de-la-funcion-educativa/

(1) Camino de sirga según el viejo Código Civil es una franja de 35 m que deben dejar los propietarios ribereños a ríos o canales para uso público sin recibir a cambio ninguna indemnización.
(2) : http://enriqueviale.blogspot.com.ar/2015/03/nuevo-codigo-civil-chau-acceso-los-rios.html
(3) Raúl Fernández Wagner “El impacto en la ciudad”
(4) Julia de Titto, “La Reforma del Código Civil”, opinión de las organizaciones de DD.HH.